lunes, diciembre 05, 2005

Regulación Ética sobre Mercado de Valores

Este año, sin lugar a dudas, ha sido uno de los más importantes respecto a la aplicación de las leyes que regulan el mercado de valores y las sociedades anónimas.

Ya cerrando el año, y mirando hacia atrás, dos casos han sido verdaderos hitos para nuestros mercados y nuestra legislación.

El primero de ellos, la denominada Operación Chispas, el otro, el Caso Banco de Chile.

Conflictos de intereses, uso de información privilegiada, han sido la tónica de los dos casos en cuestión.


¿Pero qué pasa en realidad?

Directores con una significativa trayectoria en el mundo de los negocios, olvidaron el máximo deber ético que impone el mercado, actuar con Buena Fe y priorizando su posición de Directores por sobre la de Accionistas.

Trascendentales resultan entonces, las sentencias pronunciadas por la Exc. Corte Suprema este año sobre los casos en cuestión, pues ellas han respaldado la actuación de la Superintendencia de Valores y Seguros, restituyendo las sanciones cursadas por el órgano fiscalizador, y finalmente, dando al mercado las señales que en su momento buscaron producir las multas aplicadas.

El efecto disciplinador de los mercados, del que tanto se ha hablado en los últimos meses, tiende a desvanecerse por el transcurso del tiempo que media entre la aplicación de la multa y la correlativa reclamación de los sancionados ante tribunales, hasta que se dicta sentencia de última instancia –normalmente casación de fondo y/o forma–. Es preocupante entonces, que el tiempo que media entre uno y otro sea en promedio de 5 u 8 años, pero volvemos a lo de siempre, se requiere que el Poder Judicial posea tribunales especializados en materias económicas que se dedique a tratar todos estos temas, que por su contenido, dificultad y profundidad, pareciera exceder en más de alguna ocasión, los conocimientos de los tribunales de primera instancia.


Sin ánimos de hacer una critica ácida al Poder Judicial, creo que no se condice con las necesidades del mercado, la ausencia de tribunales económicos. Poco ayudarán los nuevos tribunales tributarios, cuando lo que se requiere es una profunda reforma en este sentido(1).

¿Qué tendremos que esperar para que se decida finalmente a introducir una reforma en este sentido?

Probablemente que se roben información del Banco Central o que la CORFO se involucre en algún escándalo por uso indebido de información privilegiada. (Ups! eso ya sucedió... y nada hizo el gobierno).


(1) Este tema se podría tratar in extenso, sin embargo, excede la finalidad de este comentario. Quedará pendiente, para ser visto en otra oportunidad.

2 comentarios:

Carlos dijo...

Tienes mucha razón. Lo que más llama nuestra atención es la extensa duración de los juicios: 5 a 8 años y al cabo de dicho tiempo el mercado ya ha olvidado cuál era la sanción y, sobre todo, no parece importarle mucho quiénes eran culpables.

Ahora, no estoy informado si con la creación de los tribunales tributarios también se reformará el procedimiento, pero estamos hablando de una reforma profunda al sistema judicial y al proceso. Porque si pretendemos que nuestro sistema judicial tenga un tiempo de respuesta similar al mercado, está claro que no se puede con los actuales procedimientos, que alargan los juicios hasta que ya nadie se acuerda de ellos.

Tannia Gorayeb dijo...

Bueno, basta con atender que actualmente en materia tributaria, el Estado es juez y parte, él cursa la sanción y la resuelve el director de impuestos internos, que es nombrado por el PR.

Cuando señale ese plazo, por prudencia lo establecí corto, sin embargo, tengo causas por uso de información privilegiada del 96' y que recién están listos.