domingo, septiembre 25, 2005

Descubriendo tesoros

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Cuento corto:
En la isla Robinson Crusoe, ubicada en el archipielago de Juan Fernández, un grupo de expedicionarios, ayudados por la empresa Wagner Tecnologías (que a todo esto su constitución de sociedad salió publicada el 22 de agosto de 2005), habrían encontrado un cuantioso tesoro. Sí, un tesoro, estilo pirata.
Pues Wagner aportó con un robot "Trazador de Rutas" y que diseñado para detectar desde metales hasta petróleo a una distancia promedio de 50 metros de profundidad. Varias antenas emiten la información recibida y esta es enviada al computador que está dentro del robot. De este modo este la compara con patrones bioquímicos y atómicos previamente cargados de lo que requiere ubicar.
Pues bien, en el artículo noticioso se hace una referencia incorrecta al artículo 626. señala que en dicho artículo se estipula que existen diversas formas en que se adquiere la propiedad. Pues no.
Es el artículo 588 el que señala los modos de adquirir la propiedad: ocupación, accesión, tradición, sucesión por causa de muerte y prescripción.
El artículo 626 habla del tesoro, señalando que el tesoro que se encuentra en terreno ajeno se dividirá en partes iguales entre el dueño del terreno y la persona que haya hecho el descubrimiento.
El artículo 625 señala que se debe entender por descubrimiento de un tesoro: es una especie de invención o hallazgo.
¿Qué es invención o hallazgo?
Es una especie de ocupación por la cual el que encuentra una cosa inanimada que no pertenece a nadie, adquiere su dominio, apoderandose de ella.
Ahora, eso señala en artículo 624.
¿Qué es un tesoro?
La moneda o joyas, u otros efectos preciosos, que elaborados por el hombre han estado largo tiempo sepultados o escondidos sin que haya memoria ni indicio de su dueño. Art. 625 inciso 2º

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Revisando la ley 17.288 sobre Monumentos Nacionales, me encuentro con una sorpresa.
El art. 21º señala que por el sólo ministerio de la ley son monumentos arqueológicos de propiedad del Estado los lugares, ruinas y yacimientos y piezas antro-arqueológicas que existan sobre o bajo la superficie del territorio nacional.
Entonces, en qué quedamos, el tesoro es de nadie, como dice el art. 625 del Código Civil o es del papi Estado, según la ley Nº 17.228.
Ya sé, ley especial prima sobre ley general... pero igual me queda la duda.

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Ahora yo me pregunto, de verdad tocarán alguna parte los ciudadanos y habitantes de la isla Robinson Crusoe? pues yo creo que no. Si una parte se la lleva el Estado, estoy seguro que los habitantes de la isla no verán niun centavo de la mitad que se lleva el Estado.
Consideran que es justo?
Consideran que esa parte debería quedarse íntegramente en la isla y administrada por ellos?

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